El denunciante que presente la denuncia por escrito deberá saber que está obligado a decir la verdad (art. 433 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, LECrim) y que puede incurrir en responsabilidad penal en el caso de acusar o imputar falsamente a una persona una infracción penal o realizarlo con temerario desprecio a la verdad (art. 456 del Código Penal).
De igual forma puede incurrir en responsabilidad penal en el caso de simular ser responsable o víctima de una infracción penal (art. 457 del Código Penal), o faltar a la verdad en su testimonio (art. 458 del Código Penal).
Una vez haya rellenado los datos obligatorios del formulario deberá ratificar la denuncia presentada en un Puesto de la Guardia Civil en un plazo máximo de 72 horas desde la formalización electrónica. Para ello deberá imprimir el justificante de la denuncia y presentarlo en el Puesto de la Guardia Civil que haya seleccionado. En caso de no poder personarse en las dependencias policiales por motivos de causa mayor (viaje, enfermedad, etc.), deberá ponerse en contacto con el Puesto de Guardia Civil por el medio más rápido posible (teléfono de la Unidad, 062, etc.).
Con el escrito de la denuncia puede presentar los medios de prueba que considere oportunos para acreditar los hechos denunciados (fotografías o documentos).
En el acto de ratificación de la denuncia presentada es necesario que el denunciante acredite su identidad a través del DNI, NIE o pasaporte.
Básicamente hay dos clases:
- Denuncias penales: Son aquellas denuncias en las que se comunica la perpetración de un delito o una falta penal de los que recogen las leyes. En muchos casos si no existe denuncia penal de la persona perjudicada por el presunto hecho delictivo, no se pueden investigar ciertos delitos y la mayoría de las faltas penales.
- Denuncias administrativas: Son aquellas denuncias en las que comunica un hecho u omisión que son contrarios a las leyes administrativas.
¿Qué consecuencias tiene formular una denuncia falsa?
El artículo 456 del Código Penal castiga con penas de prisión o multa a los que con conocimiento de su falsedad denuncien haber sido víctimas de un hecho delictivo o acusen falsamente a otras personas como autores de infracciones penales.
La persona que ha sido denunciada falsamente puede, a su vez, denunciar o querellarse por injurias o calumnias contra el que formuló la falsa denuncia.
Hola buenas ,soy Brasileña y también española ,estoy en Brasil hace poco mas de un año ,me vine por la pandemia .No estaba muy bien .
Ahora empiezo a estudiar en la universidade me gustaria una direccion de email para hablar con el gobierno de España o con la Policia .tengo un apellido a mas en el pasaporte español porque el nel dia de la Jura no me lo dieron otra opcion .seria posible ,estoy preocupada con mi segunda nacionalidade.gracias
Michelle de Brito Hoffmann
Buenas tardes
No se si puedo hacerlo por internet poner una denuncia de un documento extraviado es un pase. Para entrar en un centro que es Tablada.
¿o pido cita para presentarla en presencial?
Buenas Jesus.
Para los extravíos de efectos documentación puede realizarlo a través de internet, pero posteriormente deberá acudir a la comisaría solicitada, con el número de referencia de la denuncia, para proceder a su firma y ratificación.
Salvo necesidades del servicio, las denuncias tramitadas por el interesado a través de Internet tienen preferencia.